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QUERELLAS

La División de Querellas tiene la función de orientar a los socios y manejar las investigaciones de querellas, denuncias u otros tipos.

 

Definición:

 

  • Querella: Significa cualquier reclamación o solicitud presentada por una persona mediante comunicación escrita,con  el propósito de hacer valer un derecho y solicitar un remedio.
     
  • Denuncia: Significa cualquier manifestación hecha por una persona mediante comunicación verbal, escrita,vía facsímil o correo electrónico con el propósito de notificar o informar una acción, omisión o hecho, que a su juicio,constituye una irregularidad.

 

La radicación de Querellas y Denuncias se pueden realizar:

 

  1. Personalmente
  2. Correo Postal
  3. Correo Electrónico
  4. Fax

 

Para la radicación pueden utilizar los formularios de Querellas (AQUI) y Denuncias (AQUI).  Los días de visita u orientación por vía telefónica son:

 

                Lunes y Jueves – 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

 

Los procedimientos investigativos se realizan conforme al Reglamento 7768, conocido como Reglamento de Procedimientos Investigativos y Adjudicativos.

 

Las cooperativas de ahorro y crédito a su vez tienen que cumplir con diferentes leyes y reglamentos a nivel federal. Las siguientes agencias reguladoras atienden situaciones sobre transacciones específicas. Pueden accesar sus páginas electrónicas a través de las siguientes direcciones:

 

Federal Trade Commission
http://www.ftc.gov

 

National Fraud Information Center
http://www.fraud.org

 

Federal Reserve Board
http://www.federalreserve.gov

 

Securities and Exchange Commission
http://www.sec.gov

 

National Association of Securities Dealers
http://www.nasdr.com

 

Mortgage Bankers Association of America
http://www.mbaa.org

 

North America Securities Administrators Association
http://www.nasaa.org.